OCEANOGRÀFIC

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jueves, 27 de enero de 2011

Este año cobraremos atrasos del 2010

El IPC 2010 ha cerrado el año en el 3% según el dato de diciembre publicado por el Instituto Nacional de Estadística (INE). Según el Convenio Colectivo del Oceanogràfic, en el CAPÍTULO VII. PERCEPCIONES ECONÓMICAS, en su Artículo 35. Incremento y revisión salarial, para el Año 2010: Se aplicará sobre la tabla definitiva del 2009, y para este año, el IPC real, garantizando en cualquier caso un 2'5%. Por ello, a fecha 1 de enero de 2010 se aplicará la subida salarial garantizada. Una vez conocido el IPC real del año 2010, y de resultar éste superior al 2'5, se aplicará retroactivamente dicha diferencia desde el 1 de enero de 2010.

Con lo cuál tenemos unos atrasos pendientes del 0.5 %  que nos abonarán este año, os indicamos los importes en bruto en la siguiente tabla.



Sección Sindical de CC.OO. de l'Oceanogràfic.

miércoles, 26 de enero de 2011

Anulada por la empresa la tercera reunión de negociación de convenio, prevista para el día 31 de enero

La empresa nos ha informado hoy, de que no podemos celebrar la reunión prevista para el día 31 de enero, porque una de las personas que viajan desde Madrid para negociar con nosotros, se encuentra indispuesta por motivos de salud. Nos proponen preferentemente el día 7 de febrero como próxima reunión a lo cuál accedemos.
Sección Sindical de CC.OO. de l'Oceanogràfic

sábado, 15 de enero de 2011

Prestación Seguridad Social por atención a hijos con cáncer o enfermedad muy grave, que requieran reducción del 50 ó 100 % jornada laboral

Los padres trabajadores ya pueden solicitar la prestación para el cuidado de menores con cáncer o enfermedad grave.

- Los formularios están disponibles en la página de la Seguridad Social http://www.seg-social.es/

Un Reglamento desarrollará el concepto de enfermedad grave y el procedimiento concreto.

Los padres trabajadores ya pueden solicitar la prestación para el cuidado de menores con cáncer o enfermedad grave ante la Mutua de Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales de la Seguridad Social o la Entidad Gestora con quien la empresa tenga concertada la cobertura de los riesgos profesionales. Luego se financia cargo a cuotas y lo gestionan las entidades colaboradoras.

La Ley General de la Seguridad Social y el Estatuto de los Trabajadores ya establecen los principios por los que ha de reconocerse esta nueva prestación de la Seguridad Social que, aunque entró en vigor el pasado 1 de enero con la Ley de Presupuestos Generales del Estado para 2011, precisa de la aprobación de un Reglamento para determinar el concepto de enfermedad grave, entre otras cuestiones. El hecho de que esté vigente desde 1 de enero de 2011, garantiza el cobro del subsidio desde la fecha de la solicitud, siempre que esta se ajuste a lo requerido en la Ley y a sus normas de desarrollo.

Sección Sindical de CC.OO. de l'Oceanogràfic.

miércoles, 12 de enero de 2011

2ª REUNIÓN CONVENIO COLECTIVO 2011

Como ya sabéis hicimos entrega a la empresa de la Plataforma Reivindicativa, la información la tenéis publicada en el Blog de CC.OO. de l’Oceanogràfic y la enviamos por correo electrónico a todas aquellas personas que nos lo solicitasteis, si alguien más está interesad@ en que le mantengamos informad@, que nos envíe su correo electrónico a:

 saludlaboraloce@gmail.com

Como preámbulo hemos comenzado analizando la situación socio-económica del país.

Seguidamente la empresa ha realizado un análisis punto por punto de la Plataforma. Nos han dejado trascender que la postura de la empresa pasa por realizar una congelación de salarios durante los dos primeros años. A continuación, le hemos expuesto el porque de nuestras reivindicaciones, ya que representan las peticiones de todos vosotros, fruto de las reuniones departamentales que mantuvimos.

Han tomado nota. La negociación continúa abierta y estamos pendientes de la confirmación de la fecha de una tercera reunión, dónde empezaremos a definir cuestiones.

OS MANTENDREMOS INFORMAD@S


Sección Sindical de CC.OO. de l'Oceanogràfic

viernes, 7 de enero de 2011

Hemos trasladado la Plataforma del Nuevo Convenio a la empresa. Fecha de la segunda reunión: día 12 de enero.

PLATAFORMA CONVENIO COLECTIVO 2011
COMITÉ DE EMPRESA

VIGENCIA.
2 Años.

INCREMENTO SALARIAL.
Año 2011: subida salarial garantizando el IPC real del año 2011 más 1 punto, en cualquier caso al menos el 3%.

Año 2012: subida salarial garantizando el IPC real del año 2012 más 1 punto, en cualquier caso al menos el 3%.

JORNADA.
Reducción de jornada de un día por año trabajado durante la vigencia del convenio. Trabajando un promedio de 8h diarias.
Año 2011 1762h 221 días
Año 2012 1754h 220 días

VACACIONES.
Un día más por cada año de vigencia del convenio.

COMPLEMENTOS SALARIALES.
Incorporación del: Plus de peligrosidad, Plus de nocturnidad, Plus de Festivos y Plus de idiomas.
Mejorar el valor de las horas extraordinarias.

RECLASIFICACION PROFESIONAL Y PROMOCION INTERNA.
Reclasificación de aquellas categorías a las que por la cualificación y el trabajo que vienen desarrollando les corresponde un nivel superior.
Ascensos a Niveles o grupos profesionales superiores, vinculados al tiempo de permanencia en la empresa.

INCAPACIDAD TEMPORAL.
Complementar hasta el 100% del salario en las bajas por enfermedad común o accidente no laboral.

PERMISOS Y EXCEDENCIAS.
Incrementar en un día todos los permisos retribuidos (nacimiento, hospitalización, asuntos propios, etc.).
Incorporar permisos retribuidos para visitas médicas propias y de acompañamiento a familiares de hasta segundo grado
Permisos no retribuidos de una semana para aquellas situaciones familiares que para su adecuada atención lo requieran.
Incorporar un periodo de reserva de puesto de trabajo en el caso de excedencias voluntarias y para la formación.

SEGURO POR MUERTE O INVALIDEZ.
Contratación a cargo de la empresa de una póliza que cubra las contingencias de Muerte, invalidez parcial, total o absoluta de LOS trabajadores.

FORMACIÓN.
Participación en la elaboración y seguimiento del plan de formación de la empresa Así como en la asignación de los Permisos Individuales de Formación (PIF).
Igualdad de oportunidad para al acceso a los cursos, y voluntariedad si se imparten fuera de horas de trabajo.
Utilización de formadores internos cuando su cualificación sea la requerida, para la impartición de cursos a los trabajadores de la empresa.

CONCILIACIÓN VIDA FAMILIAR Y LABORAL.
Maternidad y paternidad mejora de las prestaciones mínimas establecidas legalmente.
Creación una guardería de empresa, cofinanciada por esta.

SALUD LABORAL.
Especial seguimiento preventivo de aquellos compañeros que por su trabajo están expuestos a riesgos biológicos, con la incorporación de las medidas preventivas necesarias.
Proyecto preventivo del alcoholismo y otras conductas adictivas en el centro de trabajo.

RÉGIMEN DISCIPLINARIO.
Minorar el posible efecto sancionador del actual régimen.

OTROS TEMAS.
Seguimos trabajando en otros puntos del Convenio que aún no hemos podido referenciar en este Plataforma.

Sección Sindical de CC.OO. de l'Oceanogràfic.


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